LA CORTE EN LEÓN

Discurren por León gentes llegadas de todos los extremos del reino. En las calles, carrales y carreteras de la ciudad reina un bullicio extraordinario. Ramiro ha celebrado una asamblea plane de su Palacio y han acudido a la regia sede legionense, para asistir a ella, condes y prelados de Portugal y de Castilla, de Galicia y de Asturias, del Bierzo y de las márgenes del Duero 1. Los obispos han venido acompañados de sus clérigos y todos, de los infanzones sus vasallos 2 y de tropas armadas 3. León es pequeño para albergar a tamaña muchedumbre. Los prelados se hallan repartidos entre la régula o canónica de Santa María 4, la posada del obispo 5 y los monasterios edificados extramuros o en el interior de la ciudad 6. Los magnates han alzado sus tiendas fuera de las murallas 7 o se han alojado en las cortes de algunos ricos leoneses 8. Diego Muñoz es huésped del Conde de León y habita con él en el castilo. Fernán González no ha querido encerrarse dentro de la ciudad y se ha establecido con su gente en la explanada del mercado. Assur Fernández mora en la corte de don Arias y de doña Adosinda, situada entre las calles que llevan a Santa María y al palacio del rey; Osorio Gutiérrez, en la de Miro Barraz, construida junto a la puerta de poniente, y Gutierre Osóriz en la de Ablabelle y su mujer Gontroda, edificada en la carrera de la Puerta del Conde 9.

Terminaron ayer las deliberaciones de la asamblea. El obispo de Santiago ha salido de mañana para Galicia: el viaje es largo, el sol abrasa –está acabando julio– y camina hacia su tierra con la aurora 10. Los demás condes y prelados se disponen a imitarle. En este instante besan la mano al rey y le piden licencia para retirarse a sus mandaciones y obispados 11. Las cámaras de palacio están llenas de obispos y magnates que esperan el momento de ser recibidos por Ramiro. En una de ellas, apartados de todos, de pie junto a una puerta, dialogan en voz baja Fernán González y el conde de Saldaña Diego Muñoz, su gran amigo. Aliados en la sublevación contra el monarca y compañeros después en la desgracia, platican tan recatadamente que los fieles del príncipe los espían celosos, por temor a que maquinen nuevos levantamientos 12. En otro extremo del salón, Ilderedo, obispo de Segovia, ruega la infante don Ordoño, de quien es gran privado, que interceda cerca del rey, su padre, para la conversión en efectivo de su obispado in partibus. Repoblada Sepúlveda –arguye el buen obispo– y extendido el reino al sur del Duero, ¿por qué no crear una sede en Simancas para regir las nuevas tierras? 13. Cerca de Ordoño y del prelado conversan Hermenegildo González, venido de Guimaráes a León, y el conde de Monzón, Assur Fernández 14. Hablan de joyas, brocados y tapices, de los que gustan mucho 15, sentados en un muy bello escaño de madera labrada, cuya dureza ablanda una panzuda cúlcitra de lana, disimulada bajo un rico tapete palleo, de trama de tapiz 16. En un grupo de obispos, el de León, Oveco Núñez, refiere su expedición al alfoz de la ciudad de Salamanca para poblar en él nuevas aldeas y consagrar varias nuevas iglesias 17. En otro, de prelados y de condes gallegos, Rosendo, hijo de Gutierre Menéndez y obispo del monasterio de San Martín de Dumio, habla del templo de San Miguel de Celanova, terminado no ha mucho por el mismo maestro que edificó Santiago de Peñalba 18. Y en un corro de jóvenes magnates, uno de ellos ameniza las horas de antesala trazando la crónica escandalosa de la tierra en que habita. Después de varios relatos chispeantes, describe ahora el adulterio de una tal Basilisa, de Villar de Porcos, en la sede de Oporto, con un monje conocido por Nausto 19.

Mientras condes, próceres y prelados aguardan el momento de besar la mano de Ramiro platicando así de mil temas diversos, sus siervos y criados disponen las acémilas para emprender la marcha. En la posada del obispo, frontera al monasterio de Santiago 20, los familiares de un prelado están cargando en una mula la valija de su señor. Llevan en ésta, entre otras ricas preseas eclesiásticas, adquiridas en la corte por el obispo de Viseo, un cáliz de cincuenta sueldos galicanos, dos parejas de candelabros y lucernas, mercadas en cien sueldos, y una cruz de oro, adornada con rica pedrería y de valor equivalente al de las otras piezas reunidas 21. No han terminado sus tareas cuando llega la orden de suspender los preparativos del viaje. El clérigo portador del mandato trae la noticia de que ha habido un incidente en palacio al despedirse del rey el conde Osorio Gutiérrez, hijo de Gutier Osóriz, pariente, gran amigo y servidor del príncipe 22. Ignora lo ocurrido, sólo sabe que se ha suspendido el besamanos. Al encaminarse con su señor el obispo Dulcidio a la iglesia de Santa María, un grupo de jinetes que al trote largo de sus bestias se dirigían al Arco del Rey, sin duda para salir de la ciudad, les forzó a detenerse delante de los solares de Miguel el diácono en la misma carrera que conduce al mercado. El polvo que alzaban los caballos no le había permitido conocer al capitán del grupo; pero cree haber adivinado en él a Sisnando Menéndez, prepósito o mayordomo de palacio 23.

La noticia corre rápida por León. Las calles se pueblan de infanzones, burgueses, clérigos y escuderos 24. Por la que lleva de la Puerta del Obispo a la Cauriense y cruza de Este a Oeste 25 la ciudad, no puede darse un paso. Un grupo de magnates aguarda la llegada de Osorio Gutiérrez en el cruce de aquélla con la que en sentido transversal conduce del monasterio de San Salvador a la Puerta del Conde. Al cabo llega Osorio por el estrecho carral, nacido en la carrera del Arco del Rey 26, y el grupo de curiosos le rodea y pide detalles del suceso. En un momento desaparece el misterio y el interés que envolvía al incidente. Al despedirse de Ramiro le pidió autorización para entregar a doña Gunterode, su parienta, la casa de Santa Columba, en tierras de Galicia. La posee actualmente un tal Odoino; pero su protegida tiene las oportunas escrituras que justifican su derecho a ella. Para más afirmar su petición, puso por testigo de la razón que le asistía en la demanda al obispo Hermenegildo de Santiago, y, contra lo esperado, el monarca se negó a concederle el mandato preciso y ha enviado a su mayordomo en busca de Hermenegildo, camino de Santiago desde esta madrugada 27.

La explicación del propio interesado pone fin a las hablillas y rumores de la muchedumebre y poco a poco quedan desiertas calles, carreras y carrales, al acogerse a sus tiendas o posadas los forasteros venidos a León y a sus cortes los propios leoneses.

El conde Assur Fernández 28, su huésped don Arias y algunos infanzones del cortejo de aquél descienden por la calle teatro de la escena descrita, calle trazada desde Santa María a San Marcelo, y penetran en la tienda de Zaayti Manzor, situada casi al final de la carrera, cerca ya de la Puerta Cauriense 29. Véndense en ella, entre otras varias cosas, ricos paños de Bizancio, Persia, Francia o Andalucía, importados por famosos mercaderes judíos 30, y bellas telas fabricadas en el país por los llamados tiraceros del rey. Son estos tejedores de sedas, tapices y brocados, venidos de tierras del sur y establecidos no lejos de León, bajo el amparo y la protección de los monarcas 31. A diferencia de otros obreros a jornal, que ganan su salario practicando su oficio por las cortes de los ciudadanos leoneses, los tiraceros viven agrupados en la villa de Pajarejos y trabajan en sus casas, por encargo de clientes fijos o para depósito en las tiendas de la ciudad 32.

A la vista de los bellos tejidos y de los valiosos objetos de plata que le muestra el mercader mozárabe, tienta al conde el deseo de adquirir algunos de aquellos finísimos paños síricos, tramisirgos o palleos 33, mas le detienen en su empeño los precios elevados que Zaayti Manzor exige obstinadamente por sus mercaderías. «Estas prendas de lujo –arguye el vendedor– han sido y serán siempre caras.» Y a la verdad no miente por lo que se refiere a aquellos días. Una escudilla de plata vale de uno a dos bueyes, una camisa de seda, lo que tres bueyes óbtimos, un rico cobertor de cama, unas sesenta ovejas, y ciento unos magníficos paños de seda 34, cuyo encanto decide a Assur a abrir los cordones de su bolsa y a mercar un gran lote de aquellas bellas piezas. Paga setenta sueldos por un tapete nuevo 35, veinte por un manto ferucí 36, ciento por unos paños de sirgo 37 y quince por una camisa verde de seda 38, con que se propone obsequiar a la condesa. Zaayti Manzor se precia todavía de vender barato. Según él, Eulalia, su vecina 39, dueña también de otra tienda pareja de la suya, exige precios aún más elevados. Por tres paños greciscos –dice– pide quinientos sueldos 40, y ha tomado cerca de trescientos por una capa tejida con oro y adornada con piedras preciosas, que ha comprado un magnate de tierras portuguesas –Hermenegildo González– para doña Mummadona, su mujer 41. Antes de abandonar la tienda el conde Assur, don Arias y las gentes de su séquito, Zaayti Manzor les muestra con orgullo un balteo o cinturón de oro, ornado con amatistas y turquesas 42, y un precioso paño en que se combinan zonas de trama de tapiz, de seda y de lino, y se mezclan, en su dibujo geométrico, los blancos y celestes con los amarillos verdes y carmesíes. Es una magnífica pieza de tonalidad muy viva, obra maestra tejida por los tiraceros leoneses para el monasterios de San Pedro de Montes, en el Bierzo 43.

Es hora de yantar; don Arias y su huésped deshacen los pocos pasos que los separan de la morada del primero y penetran en ella por una portalada, abierta en la cerca de tapial que rodea a la corte. Dejémoslos yantando para seguir al mayordomo de palacio en su marcha tras el obispo de Santiago. Sisnando, para acortar camino, vadeando el Bernesga, gana la calzada de Astorga por una de las muchas sendas que como red de araña rodean a León 44. El paso largo de sus caballos le permite encontrar temprano al obispo y los suyos, que caminan despacio. Montado en recia mula, enjaezada con soberbia silla jineta de altos borrenes, recubierta de plata 45, escucha Hermenegildo la orden real de volver a León sin pérdida de tiempo, y ante la iussio regis, cuyos preceptos no puede desobedecer en modo alguno 46, el obispo y su gente vuelven las riendas de sus mulas y comienzan a desandar lo andado 47. De camino infórmase Hermenegildo del suceso, y al cabo de unas horas de marcha entretenida, mayordomo y prelado entran en la ciudad por la Puerta Cauriense.

Terminado el yantar y reposado éste durante la hora sexta, el rey se huelga en este instante jugando al ajedrez 48 con el obispo de León, Oveco, que asiste a la corte durante la permanencia de ésta en la capital de su obispado 49. Se hallan en una cámara, cuyas estrechas ventanas, cubiertas por arcos de herradura 50, permiten admirar la magnífica fábrica del monasterio de San Salvador, terminado no ha mucho junto a los mismos solares de palacio 51. Cubren las paredes de la cámara espléndidas acitharas o alhagaras 52, es decir, paños de trama de seda con decoración geométrica, según el gusto mozárabe a la moda 53. Forman el ajuar del salón algunas arcas de madera cubiertas con tapa a dos vertientes 54, un escrinio 55, un analogio o ancho atril de madera con soportes torneados y arquillos de herradura como adorno 56, un escaño de alto respaldar mullido con cojines 57, algunos sillones de guadamecíes cordobeses, fabricados por los judíos del castro próximo a la ciudad 58, y varias banquetas, unas rectangulares de madera 59 y otras de tijera con asiento de cuero, sostenido por palos que imitan patas y garras de animales 60. Fronteros a una de las ventanas que iluminan débilemente la estancia y separados por una mesa de un solo pie, mesa en forma de taula 61, juegan con unas chatas piezas de marfil el obispo y el príncipe 62. Ocupa Oveco un taburete de tijera y el rey una silla o cátedra de madera, de ancho asiento y de respaldo alto, ornado con recuadros e incrustaciones de metal o de hueso 63. Rodrigo Muñoz, alférez del monarca 64, Fernando primiclerus 65 y dos consiliari de Ramiro, Gundesindo y Bermudo 66, presencian en pie la marcha del partido. Oveco maneja roques, caballos y peones con mayor maestría que Abd al-Rahmán sus tropas. Es más difícil al monarca derrotar al obispo que al califa, y el vencedor en Simancas, Alhandega y Talavera lleva la peor parte en la contienda con Oveco. Tiene perdidos los alfiles, un roque y un caballo cuando penetra en la estancia el mayordomo, saluda presens manibus [[et]] inclinatio capite 67 según la costumbre de la época, y anuncia la llegada de Hermenegildo. Ramiro aprovecha la ocasión que la casualidad le brinda para evitar nuevos y seguros desastres en el juego y orden la comparecencia inmediata del prelado.

Explica el príncipe al obispo de Santiago las causas porque ha ordenado su regreso, y su vago recuerdo de haber oído hablar otra vez, en vida de su padre, de la casa de Santa Columba y de Odoino. Hermenegildo confirma el recuerdo del monarca: «El príncipe Ordoño, mi señor, de gloriosa memoria –dice– 68, hizo, en efecto, justicia a Bermudo ordenando a mi predecesor en la sede apostólica, el obispo Gundesindo, la devolución de la casa referida, que poseía sin derecho. Sólo Odoino, hijo de Bermudo, es legítimo propietario de Santa Columba» –añade Hermenegildo con extraña firmeza y con asombro del monarca, propicio a escuchar al conde Osorio–. Mucho pueden en el ánimo de Ramiro los merecimientos de Gutierre Osóriz, de quien ha recibido servicios muy recientes. Poco antes le ha encomendado el gobierno de las mandaciones, regidas hasta allí por los infantes cautivos en León, cuya muerte acaba de decretar en la asamblea ya disuelta 69. Pero ama la justicia, reverencia al apóstol Jacobo, a quien ha hecho voto en la batalla de Simancas 70 y el respeto al pastor de la iglesia apostólica puede en él más que su inclinación a complacer al hijo de Gutierre. La nueva afirmación de Hermenegildo, de que se halla autorizado para encargarse como adsertor de la voz o defensa de Odoino, le mueve a resolver conforme a derecho la cuestión suscitada, y al instante ordena que se cite a Osorio Gutiérrez y que se convoque a todos los obispos y magnates de su Palacio o Aula Regia, para celebrar un plácito judicial 71 entre la hora nona y la hora nocturna 72.

Poco después los sayones del rey recorren la ciudad y el campamento anejo, y los cubicularii de Ramiro dirigen en el atrio de Santa María de Regla 73 los trabajos precisos para la preparación de la asamblea proyectada. Mientras aquéllos pregonan a toque de bocina o de cuerno el llamamiento real 74, los pueri regis o siervos de palacio 75 transportan afanosos, bajo la dirección de los cubicularii 76 , primero las vigas y maderas para alzar el tablado donde ha de colocarse el solio del monarca, después el solio mismo y por último sillones, cátedras y taburetes para los infantes y grandes de la corte 77. Las gentes vuelven a preguntarse: ¿qué sucede?; el campamento se vacía en la ciudad; condes y obispos envían sus escaños y cátedras al sitio que ha de ser teatro del suceso 78; las calles se pueblan de nuevo de curiosos, y la que lleva del Arco del Rey a la iglesia mayor 79 se convierte en hormiguero humano que aguarda impaciente el paso de la Corte.

Mientras las gentes se estrujan en la carrera del mercado o del Archo de Rege –así nombran al carral donde se abren las puertas del palacio–, Ramiro llama a su notario y le pregunta si guarda los cartorios reales 80 en el vecino escrinio o en el arca forrada de badanas cordobesas que está en la cámara del solio 81. Ante la respuesta del notario, el príncipe hace abrir el cuerpo superior del escrinio, que sostiene columnas torneadas, unidas por un alto travesaño central, adornado con varios arquillos de herradura 82. Saca de uno de los cajones que forman el indicado cuerpo superior del escrinio, el cartorio donde están registradas las villas o granjas propiedad de los monarcas leoneses. Entre el rey y el notario desenvuelven el rollo de pergamino que integra el cartorio referido y buscan en él pacientemente la villa de Piniés, enclavada en el Territorio Saliniense. Cedióla Ordoño durante los días de su vida a Munio Gutiérrez, su sobrino, y desea Ramiro recuperarla ahora para hacer merced de ella a la reina Goto, su cuñada, mujer que fue de su hermano don Sancho, rey de Galicia en los días de don Alfonso el Monje. Hállase, al cabo, la villa de Piniés entre las otras que dependen de los cellarios reales y el monarca dicta las órdenes precisas para que sus sayones tomen posesión de ella y ordena que el notario extienda, después, la oportuna escritura de donación a doña Goto 83.

Terminado este asunto y el yantar de la tarde, Ramiro se encamina a la cámara donde se halla su lecho, y en ella, con la ayuda de dos cubicularii, se cubre con las regias vestiduras de ceremonia. Calza unas ballugas o altos borceguíes hechos de una pieza de cuero 84; sobre la fina camisa de hilo 85, que sujetan las bragas 86, viste una algupa alvexí, rica tunica cerrada, de brocado 87; ciñe a su cintura un balteo de oro guarnecido de preciosas gemmas 88, y tercia, por último, sobre su hombro izquierdo el espléndido manto de corte, tejido con seda, bordado con oro y forrado de armiño 89, que sus cubicularios, en el lenguaje al uso, califican de mobatana halaní de tiraz 90. Uno de ellos entrega después al monarca la extraña y cornuda diadema con que adorna sus sienes en las solemnes reuniones de Palacio 91, y él con la mano diestra, única que el manto le permite manejar libremente, empuña un alto cetro, de pomo en forma de cabeza de clavo, cuajado de esmeraldas y granates 92.

Unense al rey sus hijos los infantes don Sancho y don Ordoño 93 vestidos con adorras de seda y mantos ferucíes de brocado 94 y, acompañado de su séquito, sale de su palacio y se dirige a las antiguas termas, que su padre había convertido en iglesia. La multitud que espera en la carrera abre paso a la corte. Preceden al monarca los arqueros y lanceros de su guardia le siguen los Infantes, el obispo de la ciudad, el armiger o alférez, el maiordomus o prepositus, el notarius, los comites palatii 95 y los milites de la militia regis 96.

En el atrio de Santa María aguardan a la corte obispos, condes y magnates, con los clérigos, infanzones y escuderos de sus séquitos 97. Allí están, vestidos con túnicas abotonadas o adorras y cubiertos con mantos ferucíes o barraganes, Ilderedo, titulado obispo de Segovia; Dulcidio, de Zamora; Oveco, de Oviedo; y Salomón de Astorga. Llevan algupas y mobatanas forradas de pieles conelinas (de conejo) o alfaneques (de comadreja), Hermenegildo, obispo de Santiago, su homónimo de Lugo y Arias de Mondoñedo. Y se cubren con túnicas pintellas y con ropones llamados feiraches en las tierras del Miño: Gundesindo, prelado de Coimbra; Dulcidio, de Viseo; Baltario, de Tuy; Rudesindo, de San Martín de Dumio, y Ornato de Lamego 98. Todos se tocan con la capucha picuda que llevan de ordinario 99 y se apoyan en báculos de regatones aguzados y de sencillos puños en forma de tau, de cayada o de bola 100.

Allí se hallan también diversos condes, que ya hemos visto en las cámaras de palacio o en las calles y tiendas de León. Assur Fernández luce una famosa espada que le costó cien sueldos y el manto ferucí adquirido en la tienda de Zaayti Manzor antes del mediodía 101. Gutierre Osóriz y su hijo el conde Osorio ocupan un escaño de madera tallada, sobre cuyo alto respaldo han abandonado sus mantos de piel o mobatanas. Fernán González y Diego Muñoz, recelosos después de los ocurrido, llevan recias lorigas de cuero bajo sus algupas de brocado y sus capas franciscas. Osorio Muñoz viste un zoramen cárdeno; Ximeno Díaz, un feirach o ropón kaskerxi; Pelayo González, un manto rojizo, una arrita zumake, como dicen en los montes de Asturias, y en forma parecida se atavían los otros magnates reunidos 102. Todos llevan espadas, de empuñaduras muy diversas y pendientes del cuello las más veces 103, y o destocados lucen su cabello partido en raya y cortado a melena 104, o cubren su cabeza con extraños bonetes o con capelos de tiraz de seda 105. Las gentes de sus séquitos visten de ordinario ballugas, calzas, bragas y túnicas cortas, ceñidas a la cintura y de mangas estrechas 106; pero a veces llevan también sayos más amplios con que ocultan las bragas 107, o jubones con mangas y anchos calzones a modo de gregüescos 108. En ocasiones cubren en parte las túnicas estrechas y ceñidas con mantos cortos y ligeros, que sujetan sobre su hombro derecho 109, y siempre empuñan espadas o se apoyan en lanzas 110.

Llega la corte al cabo. El rey ocupa su magnífico solio, ancho sillón, cuyo asiento cuadrado sujetan, cortándose en ángulo recto, tres tableros corridos de admirable labor. Tallados en recuadros y ornados con incrustaciones de hueso y con clavos argénteos, rematan en sus ángulos con bolas de plata terminadas en punta 111. A los pies del asiento un rico escabel sirve de complemento al solio, y junto a éste, en el tablado mismo, ocupan los infantes cátedras de alto respaldo, de anchos brazales y de remates torneados 112. Algo a distancia de los príncipes, Oveco, obispo de León, descansa en una silla de tijera de bellas proporciones 113; detrás del rey se hallan en pie los dignatarios y condes de palacio y la militia regis, y a la derecha e izquierda de la corte, en sus escaños, taburetes y cátedras, los condes, magnates y prelados del reino. Guardan las espaldas de cada grande o de cada obispo las gentes de su séquito, y cerrando el rectángulo presencian la solemne asamblea los infanzones, clérigos y caballeros de León y la turba del pueblo 114.

Entre la multitud, contempla el espectáculo Zaayti Manzor, a quien ya conocemos. Su espíritu industrial admira el lujo de las sedas y de los brocados, de los escaños y de las espadas. Junto a él un tiracero, con alma de artista, se deleita ante la belleza del conjunto, el movimiento de la composición, la viva tonalidad de algunas telas, los maravillosos contrastes de color de las túnicas, de los mantos y de los escaños, el refulgir de las espadas, que hace brillar el sol poniente, y el de las lanzas, cuyas señas triangulares o farpadas, de colores chillones 115, mueve la brisa de la tarde.

Ramiro impone silencio a la asamblea con un gesto. Se dirige a los dos litigantes y abre el juicio con las palabras de costumbre: Veritatem loquimini michi de hanc rem pro quo uos in concilio pulsantur 116. Alzase de su escaño el conde Osorio y en voz alta comienza su alegato como adsertor de doña Gunterode, exclamando: Misericordiam peto: Domine, vestras queso prebete aures, nostras audite querimonias 117 . Explica luego cómo su representada posee escrituras que la hacen propietaria de Santa Columba, y al pormenor especifica los supuestos derechos de la parte cuya voz lleva en el litigio 118. Le responde el obispo Hermenegildo, que, puesto en pie, dice, dirigiéndose al monarca: Tu, domine, mi rex audiat me dementia vestra 119, y relata después la historia del asunto. Reinando Alfonso, abuelo de Ramiro –dice– 120, al repoblar el conde Odoario la comarca de Chaves sobre el Tamega, en el reparto de las tierras entregó la casa disputada a su congermano, el diácono Odoino, y éste la ocupó, según la costumbre del país, «cum cornu et cum albende de rege» 121. Su predecesor en la sede apostólica, Gundesindo, arrancó a Bermudo, hijo del citado Odoino, con ocasión de una grave enfermedad que padecía, la cesión de la villa referida. Mas, recobrada la salud por Bermudo, volvió aquélla a su poder en virtud de sentencia dictada por el príncipe Ordoño, el vencedor en San Esteban, en asamblea celebrada en Lugo. Pero las escrituras invalidadas por el rey y su corte, quedaron en poder de Gundesindo y éstas son las que posee y alega la señora que representa el conde Osorio, cuyo padre se había apoderado con violencia de Santa Columba y había puesto en ella las cadenas signo de su exención y privilegios 122.

Duplican y replican el prelado y el conde, consulta el rey con sus hijos, con Assur Fernández y con los obispos Oveco, de Oviedo, y Salomón, de Astorga, elegidos jueces para fallar el caso 123, y puesto en pie, extendiendo su mano, ordena que juren Hermenegildo y cinco de los suyos en la iglesia frontera 124. Escuchada la suprema decisión del monarca y sus jueces, que no extraña al prelado por ser el juramento de la parte acusada o demandada medio de prueba muy usado a la sazón en todo el reino, y aún en España y en Europa toda 125, en medio de un profundo silencio vuélvese el obispo hacia los suyos para elegir conjuradores entre sus infanzones y sus clérigos. Mas antes de que termine su elección conmueve a la asamblea la frase sacramental en casos como éste: el agnosco me inveritate, pronunciado por su adversario el conde Osorio 126. El desistimiento de la parte que había provocado el proceso fina el pleito. Osorio promete suscribir la agnitio consiguiente a su renuncia 127, y el rey encarga al obispo Rosendo, su pariente, de notificar a Odoino los resultados del litigio, es decir, de la intentio 128.

Anochece; la luna asoma su ancha faz por cima de los muros; se disuelve el congreso de prelados, de palatinos y de próceres, y el príncipe regresa a su palacio, planeando una gran montería con redes, con lazos y con perros, en las abruptas sierras de Oseja de Sejambre y de Riaño 129.

 

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1  El hecho consignado arriba consta de un diploma auténtico, el famoso de Odoino de 982, conservado en el Cartulario de Celanova, publicado parcialmente por López Ferreiro (Historia... de Santiago, II, 176 y sigts. del Ap.) y completado por Serrano y Sanz (B. de la Biblioteca M. Pelayo, III, 265).

No me ha sido, por tanto, forzoso idear la traza general de esta estampa; es rigurosamente histórica. Me propongo presentar aquí en funciones al Palatium, como llaman los documentos de la época asturleonesa al antiguo Oficio Palatino o Aula Regia. Como ésta, se componía aquél de ordinario de los oficiales de la corte, de los consiliarii regis y de los dignatarios laicos o eclesiásticos presentes, por cualquier circunstancia, en el lugar donde el rey demoraba ocasionalmente en sus largas andanzas de soberano trashumante. En momentos extraordinarios concurrían al Palatium los condes, magnates y obispos de todo el reino, a quienes el prícipe llamaba para celebrar una asamblea solemne. No se congregaban estas estas reuniones plenas en épocas fijas ni en ciudades determinadas. si bien solían convocarse en el estío y en la regia sede legionense. En tales concilia y en las sesiones ordinarias del Palatium se platicaba sobre asuntos políticos, militares, eclesiásticos, administrativos y judiciales. Su actuación como tribunal regio nos es más perfectamente conocida que sus demás actividades, pero puede decirse que la Corte dirigía con el rey la vida de la monarquía. He hablado brevemente de esta institución, de tan múltiples facetas, en mi obra La curia Regia Portuguesa (Madrid, 1920). Me ocuparé por extenso de ella en mi libro Instituciones del reino asturleonés. Antes aparecerá en los Cuadernos de historia de España, V. un estudio sobre: Las asambleas políticas y el Aula Regia entre los visigodos, que servirá de introducción a la historia de Palatium Regis asturleonés.

2  Véase la nota 22 de la Estampa III.

3  Respecto a la compañía de clérigos y de gentes de armas, comprobada para días más tardíos por la Compostelana y por el Poema del Cid, me parece igualmente segura en esta época.

4  Es probable que en los tiempos de Ramiro II se llamase regula a la morada donde hacían vida común los clérigos de la iglesia episcopal. Aparte de diversos diplomas que hablas de Santa María de Regula, se conserva una donación del obispo Ouecco a Revelle y su hermano, fechada en 941 y encabezadaasí: «Ego antistes OUecco episcopo una cum collegio prepositorum uel clericorum qui sunt in regula Sancti María Legionensi ciutate» (B. de Sahagún, fol. 205). Nada más fácil que aplicar a la habitación el nombre empleado para designar a la comunidad que le ocupaba. En una escritura de Bermudo II de 985 se lee, en efecto: «In nomine sancte et indiuiae Trinatatis in cujus honore constructum est Regula in Sedis Legionense» (Esp. Sagr., XXXIV, 477). El vocablo debió perdurar largos años; sin embargo, ya en 991, en otro diploma del mismo Bermudo II (Esp. Sagr., XXXIV, 479), se llama canónicos a los presbíteros regulares del obispo de León, y en un texto de 1036 (A.H.N., Ms. 1195 B., fol. 681 v.º) se dice: «Vobis Santpirus nutu dei episcopus et omnium monachos et clericorum sub regula canonica degentium». No es, pues, imposible que ya en tiempos de Ramiro II, a lo menos en el último tercio del siglo X, comenzará a emplearse la palabra canónica con que se designó luego a las habitaciones de los clérigos regulares de la sede y todavía se designa a los edificios que ocuparon aquéllas.

5  En un documento de 1006 (Apénd. I, núm. 25) se habla de la posada del obispo Savarigo –982-999– de feliz memoria. ¿Existiría ya una pausata episcopi en el reinado de Ramiro II? No es imposible que la hubiera, en efecto.

6  Los monasterios leoneses más antiguos de que hay noticia son los de Santiago (Dcs 1.0, 2.° y 6.° del Apénd. I); el Salvador, fundado por Ramiro II (Sampiro, Esp. Sagr., XIV, 453); San Marcelo, San Miguel y San Adrián, de extramuros, que Sancho el Gordo declara construidos por un rey Ramiro (Apénd. I, núm. 7.°), y el de San Miguel, de intramuros, que encuentro ya edificado en 967 (Apénd. I, núm. 9.°).

7  Me parece muy probable que diversos magnates fijasen «suas tentorias» fuera de murallas. Cuando el conde de Castilla don García fue a León a las vistas en que murió asesinado por las Velas, de creer a la Crónica General (ed. M. Pidal, 471), el rey de Navarra Sancho III y el castellano levantaron sus tiendas, puesto que se alojaron fuera el recindo murado. Según la misma Crónica (ed. M. Pidal, 615), cuando el Cid acudió a las Cortes de Toledo «mandó fincar sus tiendas et fue tomar possadas en los palacios de Sant Seruan et en derredor dél por essos oteros»... Estas noticias son excesivamente tardías para que puedan utilizarse aquí sin reservas, pero un documento contemporáneo de la asamblea de que nos ocupamos, y una miniatura de un códice escurialense del siglo X, prueban el uso de tiendas por los habitantes del reino de León de aquella época. Fernán González concedió en 945 un monte a San Miguel de Pedroso, declarando «nullus de vicinis villis qui sunt in circuitu volumus ut habeant ibi introitum... neque fingant ibi tentoria» (Becerro gótico de San Millán de la Cogolla, fol. 24; B. Gallicano, folio 97; Colección Minguella, d. 39). En el folio 129 v.°, del Condex Aemilianensis puede admirarse la forma que revestían las tiendas de campaña de la época.

8  No poseemos textos del período asturleonés que nos permitan conocer las prácticas que regulaban el alojamiento de los magnates concurrentes a una asamblea del Palacio. La Primera Crónica General (ed. M. Pidal, 615) declara que el rey señaló al Cid como posada los palacios de Galiana, cuando acudió a las cortes de Toledo. ¿Concedería asimismo alojamiento a los demás magnates concurrentes a las mismas? ¿Sería ésta, también, la costumbre en el siglo X? Lo ignoramos.

9  En el documento de Odoino consta la presencia de todos estos magnates en la asamblea referida. Les alojo a capricho en cortes cuyo emplazamiento nos es conocido y de las que hay noticia documental antigua. De las Cortes de Arias, Miro y Barraz y Ablabelle hablan los documentos 11°, 8.° y 13° del Apénd. I. Véase su situación en el plano donde llevan los núms. 9, 8 y 11.

10  Según el diploma de Odoino, el obispo de Santiago abandonó León antes que los demás concurrentes a la asamblea.

11  No conozco testimonios que prueben la práctica de este besamanos en el período asturleonés; pero no me parece aventurado suponer que ya se realizaría en forma parecida a como lo demuestran en uso mil testimonios de fecha posterior. Después de aparecida la tercera edición de estas Estampas me he ocupado del besamanos en mi obra En torno a los orígenes del feudalismo, I, Fideles y Gardingos en la monarquía visigoda, Mendoza, 1942, págs. 141 y sigt. La frase del documento de Odoino «domno Ermegildo episcopo qui iam ad rex expeditum erat et uiam pro ad sua terra ueniebat» (L. Ferreiro, Historia..., II, 179, Apénd.) prueba que era precisa la autorización real para abandonar la asamblea del Palacio.

12  Sobre la secesión de Castilla y su héroe se han ocupado en los últimos tiempos: Luciano Serrano, El obispado de Burgos y la Castilla primitiva, I, Madrid, 1935; Pérez Urbel: Fernán González, y Sánchez-Albornoz, Orígenes de Castilla. Cómo nace un pueblo, Revista de la Universidad de Buenos Aires, 1943. Pérez Urbel acaba de publicar sobre el mismo tema una obra monumental que no conozco aún. De la rebelión y cautiverio de los dos magnates citados arriba habla Sampiro (Esp. Sagr., XIV, 453); de su presencia en León en los días a que me refiero, la escritura de Odoino.

13  Es muy posible que entonces, antes o después tuviera lugar la conversación que finjo. De un documento original del Arch. Cat. de Astorga (véase en mi estudio El obispado de Simancas. Homenaje a M. Pidal, III, 325) se deduce que la Sede de Simancas se creó por Ordoño III. ¿Se hubiera erigido sin la existencia de un enorme interés personal, puesto que era preciso despojar de una parte de sus términos a la diócesis de Astorga y de León, para crear la nueva sede? Muy privado del rey Ordoño hubo de ser Ilderedo, primer obispo de Simancas, pues en otro caso no hubiese conseguido que se erigiera para él el obispado referido. Su gestión cerca del príncipe debió ser prolongada; es verosímil que datase de los últimos años de la vida de Ramiro II, en que hubo de reunirse la asamblea de palacio a que aludo, y no es, por tanto, imposible que en el curso de aquélla hablaran el infante y el obispo en los términos que supongo arriba. Hago a Ilderedo prelado in partibus de Segovia, porque el documento de Odoino le incluye entre los obispos presentes en León, y aunque le titula prelado de Simancas, como del citado diploma astorgano resulta posterior a Ramiro II y a la erección de la sede mencionada, e Ilderedo se firmó en algunas ocasiones episocopus secobiensis, es muy probable que gozase ya, en efecto, reinando el padre de Ordoño III, de la dignidad episcopal in partibus, y que al redactarse, más de treinta años después, el diploma de Odoino, se atribuyese a aquél el título que llevó luego durante el resto de su vida.

14  Consta la presencia en León de Assur Fernández, pero no la de Hermenegildo González. No hay inconveniente, sin embargo, en admitir su concurrencia a la asamblea de que hablo, pues era un poderoso magnate portugués contemporáneo, y el documento de Odoino, después de nombrar a varios de los condes presentes en el placitum judicial que refiere, añade que asistieron «omnes magnati palatii, cum gallecos...», y Galicia no estaba entonces limitada por el Miño.

15  El inventario de los bienes de doña Mummadona, mujer de Hermegildo González, atestigua a lo menos la cantidad de alhajas y de ricos paños que poseía el matrimonio (959, P.M.H., D., et Ch., 46).

16  Véanse en el Apénd. IV las palabras scanno, culcitra y tapete. El calificativo palleo se aplicaba a los tejidos de trama de tapiz, según Gómez-Moreno, Iglesias mozárabes, 333.

17  En 953 concedió Ordoño III a la sede legionense las tierras e iglesias pobladas y consagradas en el alfoz de Salamanca por el obispo Oveco y sus compañeros de empresa en el reinado de Ramiro II (Tumbo Leg., fol. 15 v.°).

18  Gómez-Moreno (Iglesias mozárabes, 247) se inclina a creer obra de un mismo arquitecto las dos iglesias mencionadas. Como, según él, Santiago de Peñalva es anterior a San Miguel de Celanova, y aquélla se construyó entre 931 y 937 (Iglesias mozárabes, 226), ésta hubo de edificarse en el cuarto o en el quinto decenio del siglo X, y de terminarse no mucho antes de la fecha en que se reunió la asamblea de León de que hablamos.

19  El año 949 Eisilu entregó a Ermiario y a Ximena toda la heredad que poseía en Villar de Porcos «terfitorio portugalense... propter culpa que inuenerunt super mea filia nomine Baselesa eo quod penetraui adulterio cum Nausti monagu» (P.M.H., D. et Ch., 33).

20  Véase en el plano, donde la sitúo junto a la Puerta del Obispo, en el solar del actual palacio episcopal (Apénd. I, núm. 25°).

21  En esas cifras se aprecian tales objetos en un diploma portugués de 959 (P.M.H., D. et Ch., 46), en el testamento de doña Mummadona; les supongo adquiridos en León para ella por el obispo de Viseo.

22  Del documento de Odoino se deduce que cuando Osorio Gutiérrez «fecit suggessionem ad ipsum imperatorem pro ipsa casa», como se dice a la letra en la escritura referida, debía haber terminado la asamblea, puesto que el obispo de Santiago había salido ya para Galicia. Por esto imagino que el incidente pudo tener lugar al despedirse del rey el citado magnate gallego.

23  Consta en el diploma de Odoino que el mayordomo o prepósito de palacio, Sisnando Menéndez, fue enviado por Ramiro II en busca del obispo de Santiago. Le supongo saliendo de las caballerías de palacio y abandonando la ciudad por la puerta vecina, el Arco del Rey. Si le imaginamos procedente del Carral de palacio, y que el obispo abandonaba con su familiar la Corte regia para marchar a Santa María, el encuentro hubo de tener lugar hacia los solares de Miguel el Diácono (véanse en el plano con el núm. 23).

24  La enumeración está hecha sobre la base de no admitir, por infundada, la tesis de Mayer de que los infanzones vivían fuera de las ciudades (ya probaré su error) y de llamar burgueses a los cives de que habla el Fuero de León (art. XXVIII). Un documento de 1011 (la fundación del monasterio de San Juan de Archo de Rege [T. Leg., fol. 358 v.0], en que se cita «vía ubi abitant escuderos» nos ofrece la mención más antigua de escuderos que conozco, véase el plano y el núm. 27 del Apénd. I).

25  Véase el plano y los núms. 3.°, 11.° y 38.° del Apénd. I.

26  Véase el plano y el núm. 11.° del Apénd. I.

27  Véase el documento de Odoino, L. Ferreiro, Historia de Santiago, II, 178, Apénd.

28  El conde de Monzón, Assur Fernández, cuya asistencia a la asamblea de que habla el diploma de Odoino está comprobada por este documento, es personaje perfectamente conocido por la historia. Hablan de él los Anales castellanos primeros (Gómez-Moreno, Discursos 24) y diversas escrituras de la época, entre ellas una otorgada por su hijo Fernando Ansúrez, que declara la fidelidad no interrumpida de su padre a Ramiro II (976. Escalona, Historia de Sahagún, 420).

29  Véase el núm. 4 en el plano, y el núm. 3 del Apénd. I.

30  En las notas 5, 6 y 7 de la Estampa I he hablado de piezas greciscas, doxtouies y mauriscas. Junto a ellas citan también los textos de la época objetos franciscanos, demostrando así la existencia de un comercio de importación de mercaderías franceses. De dos fíalas o tazas franciscas habla un documento de 942 (Yepes, Coronica..., V. fol. 424); entre la ropa de altar se menciona una «pala... alba de illo fasistergulo francisco» en una escritura de 938 (T. Celanova, fol. 6), y una capa francisca figura en un diploma de 1003 (Igl. moz., 337, nota 3).

31  Gómez-Moreno (Iglesias mozárabes, 177, nota 1) publica un documento sobre los tiraceros del rey conservado en el T. Leg., fol. 154. El texto data de 1024, pero no veo inconveniente en suponer que no sería ésta la primera colonización de tiraceros en tierras de León.

32  Como en el problema de la aparición de las tiendas, disputan también Bücher y V. Below, respecto a los albores de la economía ciudadana. Para aquél, en los comienzos de ésta los obreros trabajaban a jornal las primeras materias que les suministraban los clientes (Die Entstehung der Volkswirtschaft, trad. Hansay, 134 y sigts.). Según V. BELOW (Probleme der Wirtschaftsgeschichte, 196 y sigts.), los primeros industriales de las ciudades fueron artesanos que transformaban las primeras materias por ellos adquiridas, para su venta posterior. La existencia en el alfoz leonés de aldeas de Rotarios, Torneros, Olleros... quienes, más o menos lejos de la capital, ejercían reunidos su industria, inclina a considerar en uso el sistema de trabajo defendido por Von Below: a juzgar a tales aldeanos industriales que trabajan por su cuenta para depósito en el mercado o en las tiendas de la ciudad. Pero también es posible que coexistieran con estos artesanos obreros a jornal del tipo que defiende Bücher. El art. XXIX del Fuero de 1020 dispone que el día primero de cuaresma debía fijarse anualmente el pretium laborantium, y este precio tanto podía ser el salario de un agricultor como el de los cuberos o tejedores de cuya vida en León habla otro artículo del Fuero, el XX.

33  Sigo, respecto a la interpretación de estas palabras, la opinión de Gómez-Moreno, Iglesias mozárabes, 128, 333 y 338.

34  El cálculo de las equivalencias está hecho teniendo en cuenta las noticias reunidas en las notas de la Estampa I sobre el valor de las distintas especies de ganado, y las cifras que alcanzaban en venta los ricos tejidos citados en el texto, según los datos que ofrezco en las notas próximas. Respecto a las scalas o escudillas de plata, sabemos que en tierras de León valieron durante el siglo x de cinco a diez sueldos: cinco, en 934 (B. Sahagún, fol. 158); seis, en 932 (B. Sahagún, fol. 192 v.°); seis y medio, en 954 (T. Leg., fol. 430); nueve, en 941 (B. Sahagún, fol. 205), y diez, en 949 (B. Sahagún, fol. 135 v.°).

35  En esa cifra se aprecia un tapete nuevo en un documento portugués de 1017 (P.M.H., D. et Ch., 144).

36  En 20 sueldos se valora un manto feruci en una escritura castellana de 921 (B. Cardeña, ed. Serrano, 41).

37  De un paño de sirgo que valía cien sueldos se habla en un texto de 971 (ESCALONA, Historia de Sahagún, fol. 415).

38  En 15 sueldos se aprecia una camisa de seda en un diploma de 899 (B. Cardeña, ed. Serrano, 117), y no es difícil que fuese verde, puesto que había camisas de este color según un texto de 929 (Barrau-Dihigo, Charles de l'Eglise de Valpuesta, Rey. Hisp., 1900, 316).

39  Véase el núm. 1 en el plano, y el núm. 3 del Apénd. I.

40  En esa cantidad se valoran en un documento portugués de 968 (P.M.H., D. et Ch., 62).

41  En 260 se aprecia una caja como la descrita; figura en el inventario de los bienes de doña Mummadona (959, P.M.H., D. et Ch., 46).

42  Un «Balteum aureum cum lapidibus miro opere compositum», apreciado en 500 sueldos, se menciona en una escritura gallega de 922 (L. Ferreiro, Historia de Santiago, II, 99 del Apénd.). Sobre otras diversas valoraciones de objetos de lujo, paños, joyas y preseas eclesiásticas remito otra vez a mi estudio El precio de la vida en el reino asturleonés, Logos, VI, Buenos Aires, 1945.

43  Describe este paño llegado hasta nosotros Gómez-Moreno en Iglesias mozárabes, 395.

44  Los documentos guardados en los dos archivos de la Catedral y del Obispo de León nos dan a conocer al detalle esa red de araña tejida por las vías, carreras, carrales y calzadas que rodeaban la ciudad.

45  Véanse las notas 41 y 45 de la Estampa III.

46  La suma expresión y la exteriorización por excelencia del poder regio fue la iussio regis, palabra que se aplicó para designar las órdenes reales decretadas con efecto ejecutivo, los nombramientos para los cargos de la corte o de la administración, las sentencias, los fallos y los preceptos legales dictados por el rey. La expresión iussio regis aparece ya con este significado en la época goda (Dahn, Die Kónige del Germanen, vl, 503), y con él continúa en el reino asturleonés, como resultará del capítulo dedicado a la monarquía en mi obra ya anunciada. Todos estaban obligados a obedecer la iussio regis, incluso cuando tenía carácter de llamada. Hasta los obispos y arzobispos debían acudir al llamamiento real. El documento de Odoino, que sigo en el relato, prueba a las claras el alcance de la iussio regis en este respecto.

47  El diploma de Odoino declara que el obispo regresó a León ante las órdenes reales que le transmitió Sisnando Menéndez.

48  Gómez-Moreno (Iglesias mozárabes, 375) se inclina a creer que ya se solazaban con este juego nuestros monjes en el siglo X. A lo menos se conocen varios marfiles mozárabes que se juzgan piezas de ajedrez. Se conservan en Santiago de Peñalba y en San Millán de la Cogolla. Estos últimos pueden verse reproducidos en la obra citada, lámina CXXXV. Después de aparecidas las primeras ediciones de estas Estampas han sido estudiadas otras piezas de ajedrez, talladas en cristal de roca, obra del siglo X, de origen fatimí y conservadas en el monasterio de Celanova, José Camón Aznar: Las piezas de cristal de roca y arte fatimí encontradas en España: Lote del monasterio de Celanova, Al-Andalus, IV, 1936-1939, 396-405.

49  Me parece segura esta asistencia. No se olvide, además, que conforme al canon VI del Concilio VII de Toledo siempre debía haber un prelado en la Corte. Según el documento de Odoino tantas veces citado, ocupaba la cátedra legionense a la sazón Oveco Núñez. La noticia es exacta, pues este obispo presidió la sede legionense entre 928 y 950 (España Sagrada, XXXIV, 237 y sigts.), alcanzando su pontificado todo el reinado de Ramiro II.

50  Así eran los huecos en los edificios religiosos de la época, según los restos llegados a nosotros y las iluminaciones de los manuscritos de la época. En éstos revisten también forma análoga, incluso en construcciones, a lo que parece, de carácter civil.

51  Sampiro (Esp. Sagr., XIV, 453) dice de Ramiro II: «Monasterium infra urbem Legionensem mirae magnitudinis construxit in honoren Sancti Salvatoris juxta palatium regale».

52  Figuran en los inventarios eclesiásticos y se usaban en las iglesias para cortinas, velos de altar, parámetros o doseles (Gómez-Moreno, Iglesias mozárabes, 334). ¿Puede sospecharse que también se usarían para decorar los muros de las cámaras del palacio real? A lo menos consta su uso en los alcázares de los reyes castellanoleoneses de siglos posteriores (Primera Crónica General, ed. M. Pidal, 615).

53  Véase lo que dice Gómez-Moreno (Iglesias mozárabes, 394-96) sobre los tejidos de la época.

54  De esta forma son las arcas reproducidas en la Biblia de San Isidoro, de León (fols. 50 y 123), y en el Beato de Gerona (fol. 381). No son raras las menciones de arcas en los documentos de la época. Véase Arcas en el Apénd. IV.

55  Véase Scrinios en el Apénd. IV.

56  Véase la nota 72 de la Estampa III.

57  Véase scanno y almandra o cojín en el Apénd. IV. Sillones con cojines aparecen en los Beatos de Valladolid (fol. 9 v.°), de Fernando I (fols. 7 v.° y 284) y de Osma (fol. 157 v.°).

58  Sillones más o menos semejantes a los llamados fraileros aparecen con frecuencia en la Biblia de San Jsidoro (fol. 326) y en los Beatos de Thompson (fol. 13), de Távara (fol. 30), de Valladolid (fols. 4, 9 v.°, 76 v.°, 176 y 180 v.°), de Gerona (fol. 365), de la Biblioteca Nacional (fol. 140), de Urgel (fols. 16, 22, 130 y 1%) y de Fernando I (fols. 7 v.°, 46, 114 v.°, 247 v.°, 251 y 272 v.°). Su figura permite suponerlos con asiento y respaldo de cuero, y el uso de cueros cordobeses en la época inclina a imaginarlos construidos con guadamecíes. Juzgo a éstos fabricados por los judíos del Castro próximo a León, porque según un documento de Alfonso IX de 1197 (Esp. Sagr., XXXV, 259), Fernando I estableció que dichos israelitas pagasen anualmente a la Iglesia legionense doscientos sueldos, una piel y dos guadamecis. Acerca de los cueros de Córdoba véase Dozy y Engelmann, Glossaire des mots esp. derivés de l'arabe, 1869, pág. 280, y Barón Ch. Devillier. Notes sur les cuirs de Cordoue, guadamaciles d'Espagne, 1878.

59  Véanse reproducidos en los Beatos de Távara, Gerona (fol. 86), Valladolid (fol. 180 v.°), Urgel (fols. 86 y 196) y Fernando I (fols. 247 v.° y 261).

60  Se reproducen banquetas de este tipo en los Beatos de Gerona (fols. 15 y 86), Valladolid (fols. 76 v.° y 180 v.°), Urgel (fols. 86 y 196), de Fernando I (fols. 247 v.º) y del Escorial (fol. 133), y además en la Biblia de San Isidoro (fol. 37), y en el Antifonario de León (fol. 68). V. la fig. de la pág. 104.

61  Esta es la forma habitual de las mesas que encontramos en los manuscritos de la época. Véanse los fols. 61, 69, 81 v.°, 104, 110 y°, 112 v.° y 316 v.° del Codex Aemilianensis; el fol. 369 del Beato de Gerona y el 30 del Beato de Távara. V. la fig. de la pág. 61.

62  Véanse piezas de ajedrez del período que nos ocupa en la lámina cxxxv de las Iglesias mozárabes, de Gómez-Moreno y los fotograbados y dibujos que acompañan al estudio de José Camón: Las piezas de cristal de roca y arte fatimí encontradas en España, Al-Andalus, IV, 1936.

63  Supongo a Ramiro sentado en una cátedra semejante a las que ocupan obispos y magnates en el Codex Aemilianensis, fols. 54, 61, 67, 81, 85 v.°, 93 v.°, 95, 104, 107, 110 v.°, 123 v.°, 127 v.° y 316 v.°, y en el Vigilanus, folios 71 v.°, 84, 138 v.°, 145. V. en el texto las figs. de las págs. 61 y 78.

64  En 955 era armiger del rey Rodrigo Muñoz (L. Ferreiro, Historia de Santiago, II, 158, del Apénd.) ¿Lo sería éste también de Ramiro II en los días de la asamblea? A lo menos no tengo noticia de que lo fuera otro.

65  El presbítero Fernando era primiclerus en 943 (P.M.H., D. et Ch., 30).

66  De los consiliarii de los reyes habla Sampiro (Esp. Sagr., XIV, 450) al referir el castigo de los rebeldes condes de Castilla en tiempos de Ordoño II. Supongo consiliarii de Ramiro a los que fueron después condes de palacio reinando Ordoño III, Gundesindo y Vermudo (Vigil, Asturias monumental y epigráfica, 63).

67  Previa esa ceremonia, pidió Nuño Donnitiz a Alfonso V una heredad en 1015 (T. Leg., fol. 350 v.°).

68  El relato está trazado alterando lo menos posible las noticias del documento de Odoino.

69  En el diploma de Odoino (L. Ferreiro, Historia de Santiago, II, 178, Apénd.) se lee: «Hacta sunt hec omnia in diebus guando ipse comes Guttier Osoriz presentauit illos infantes ante prefatus rex in ciuitatem rege sedis legionem guando eos ceciderunt et suam terram ipsi comes et cum gens sua de manu regis ad imperandum acceperunt». El suceso que narra la escritura referida debió tener lugar después de 941, en que era todavía Maiordomus o Primus palatii Hermenegildo (Yepes, Coronica de la Orden de San Benito, V. 438, y Barrau-Dihigo, Notes et documents sur l'histoire du royaume de León, Rey. Hisp., 1903, 378), pues, según aquélla, desempeñaba este cargo el diácono Sisnando cuando ocurrieron los hechos que refiere. Esta precisión cronológica y las palabras del diploma de Odoino dificultan la identificacion con los hijos de Fruela de Asturias: Alfonso, Ordoño y Ramiro, de los infantes por el conde Gutiérrez Osoriz presentados al monarca y por éste condenados después, en una asamblea celebrada en León. Y ello por dos razones: A) Porque Sampiro (Historia Silense, ed. S. Coco, 50) nos refiere que Ramiro II, después de situar en León a su hermano Alfonso IV y de apresarle, recibió mensajeros de los magnates asturianos, entró personalmente en Asturias, se apoderó de los príncipes citados y en un mismo día, juntamente con el Rey Monje, los condenó a ceguera; y tales noticias no se avienen con las del novelesco documento que me ha inspirado esta Estampa. B) Porque del relato de Sampiro resulta que tales sucesos tuvieron lugar a comienzos del reinado de Ramiro II y no en la fecha en que supone realizada la captura y muerte de los infantes el diploma de Odoino. Cabría apartar la doble contradicción suponiendo que la crónica y la escritura aluden a dos momentos distintos de la trágica existencia de los hijos de Fruela II, la primera a su cautiverio y ceguera y el segundo a una nueva prisión y a su condena a muerte. Pero para ello sería preciso suponer que después de ciegos gobernaron mandaciones en nombre del rey –las que éste cedió después a Gutiérrez Osoriz–, lo que no es fácil de creer aunque no pueda ser negado. Sobre Alfonso Froilaz me ocupo en mi estudio La sucesión al trono en el reino de León y Castilla, Boletín de la Academia Argentina de Letras, Buenos Aires, 1945.

70  Recojo aquí la opinión sustentada por Gómez-Moreno, Discursos..., 19, y acaso pueda yo reforzarla en su día con una copia del diploma de los votos en que el rey otorgante es Ramiro II, copia que se guardaba en la sección Consejos, del Archivo Histórico Nacional, en Madrid.

71  Para presentar a los lectores una asamblea judicial del Palacio me veo forzado a interpretar con cierta libertad el documento gallego utilizado repetidamente como base de esta segunda estampa. Este no habla de que el obispo Hermenegildo manifestase al rey que se hallaba autorizado para actuar como adsertor del citado Odoino; pero lo cierto es que como tal funcionó y como tal defendió los derechos de aquél en el concilium que resolvió el litigio. Fuertemente impregnado el procedimiento judicial asturleonés de derecho germánico, fue, sin embargo, muy frecuente en él, conforme a la tradición visigoda y romana, que los litigantes se hiciesen representar por adsertores, que en nombre de las partes llevaban la acción judicial ante la asamblea del conde o ante el tribunal del rey. Los textos no dejan lugar a dudas en este respecto. Incluso algún diploma de fecha muy remota prueba que a veces estos adsertores cobraban de sus representantes una cantidad en granos y a ganados, o en tierras, por el servicio que les habían prestado en el curso del proceso. Hablaré de esto en el capítulo dedicado a la organización judicial y al procedimiento en mi obra Instituciones del reino asturleonés. Antes publicaré en los Cuadernos de Historia de España, una colección de Documentos para el estudio del procedimiento judicial en Castilla en la Edad Media.

72  Seguían contándose las horas del día según el sistema romano. En un documento leonés de 963 (T. Leg., fol. 183) se lee: «Ob inde eo quod fuimus ad kasa de Helyas presbiter et de seror Sabildi ego Lupi et Agila cum alios aiunctos et amisimus lite et coclusimus eos numero VIIII de ora nona usque ora nocturna et fecimus cedes in sólidos CXXX et misimus ignem et cremauimus casa una cum suo ganato».

73  Poseemos diversos testimonios de la frecuencia con que se congregaban asambleas judiciales o de otra índole en el lugar en que suponemos reunido el Palacio. En un documento de 954 (T. Leg., fol. 371 v.°), refiriéndose al conclium de León se dice: «congregati sunt in uno portico ad regulam beate Marie semper uirginis et sedis episcopale». Y en el art. XXIX del fuero de 1020 se dispone que todos los habitantes de la ciudad y de su término «veniant un prima de quadragesimae ad capitulum Sanctae Mariae de Regula». Que allí continuaron celebrándose juicios en fecha mucho más tardía nos dice la inscripción «Locum apellationis» que hoy se lee todavía en el pórtico gótico de la catedral. Me permito suponer reunida en este lugar la asamblea a que alude el documento de Odoino, porque, según éste, se celebró ante «gallecos et omne xristianitate in ibi collecta», y esta concurrencia del pueblo excluye la posibilidad de que se congregara en las cámaras de palacio.

74  Para tiempos posteriores tenemos noticias de que se pregonaban las reuniones extraordinarias de la Corte por los porteros o sayones del rey (Poema del Cid, 2.962, e Hinojosa, El derecho en el P. del Cid. Estudios..., 87). No creo aventurado suponer que en el siglo x se emplease este mismo sencillísimo sistema. Ya correspondía a los sayones la convocatoria de las asambleas judiciales, según atestiguan diversas escrituras. Alguna se conserva, además, que atestigua la existencia de sayones de palacio a mediados del siglo X (952), Anuario ha. dcho. esp., I, 385. Les supongo tocando bocinas y cuernos, en atención al pasaje donde Sampiro (Esp. Sagr., XIV, 451) refiere cómo Ramiro II, al tener noticia de que Alfonso IV, abandonado el monasterio de Sahagún, se había hecho fuerte en León, «ira commotus, jussit intonare buccinis, vibrare hastas...» para poner en movimiento su ejército y marchar contra su hermano.

75  En toda Europa se llamó pueri regis o pueri aulici a los siervos encargados del servicio personal del rey o del Palacio (Brunner, Deutsche Rechtsgeschichte, 12, 372). Situación privilegiada ocuparon los servi fiscales visigodos (Dahn, Die Könige, der Germanen, VI, 204), entre los que figuraban los pueri regis. San Hermenegildo aparece rodeado de los suyos en el destierro (Dahn, Die Könige, VI, 186). De pueri regis hablan varios documentos del siglo X. Véanse, por ejemplo, uno de 909 en que Alfonso III declara haber ocupado en el yermo con sus pueri la villa de Alamín a orillas del Duero (Escalona: Ha. de Sahagún, ap. II, 397) y otro de 931 (Berganza, Antigüedades de España, I, 1791). Después de publicadas las primeras ediciones de este libro, el profesor belga Ch. Verlinden ha dado a la estampa un importante estudio: L'esclavage dans le monde ibérique médiéval, Anuario de historia del derecho español, XI, 1934 y  XII 1935.

76  Tenemos noticia de un cubiculario de Ramiro II llamado Gutierre (941. Yepes, Coronica, V, fol. 438) y de otro de tiempos de Ramiro II o de Ordoño III por nombre Fortis Justi (Escalona, Historia de Sahagún, pág. 407, a 960).

77  El documento de Odoino, naturalmente, no suministra detalle alguno sobre estos preparativos. Me aventuro, sin embargo, a suponer aderezado de esta forma el lugar donde había de reunirse la asamblea, habido en cuenta el relato de la Primera Crónica General (ed. M. Pidal, 615) acerca del adorno del salón en que se reunieron las Cortes del Cid. La noticia es tardía, pero ¿habría grandes diferencias a estos respectos entre el siglo x y la época de que proceden las páginas de la Crónica citada? A lo menos hay indicios de que en ciertos detalles no se introdujeron grandes novedades. Del cuello llevaban pendientes sus espadas las gentes del Cid en aquella asamblea, según la fuente citada, y del cuello de un personaje pende ya la espada en el Codex Aemilianensis, fol. 107. Almexias y alfiniames eran la túnica y las tocas usadas por las novias al decir de García Ordóñez, en las Cortes de Toledo, y de alfiniames y almexias hablan ya los documentos del siglo X.

78  Recuérdese que el Cid envió su escaño al palacio donde se reunió la Corte en Toledo (Crónica General, ed. M. Pidal, 615), y lo dicho en la nota anterior.

79  Véase el plano y los documentos 19, 23, 24, 27 y 57 del Apéndice I.

80  Hablan de cartorios donde los reyes o los particulares guardaban sus escrituras diplomas de 947 (Colección diplomática de Galicia histórica, 415), 952 (Anuario de historia de derecho español, I, 385), 960 (P.M.H., Dip. et Chart., 51), 982 (López Ferrero, Historia de Santiago, II, 182 Apénd.) y 994 (P.M.H., Dip. et Chart., 104).

81  Atestiguan que los documentos de los príncipes, de los laicos o de las iglesias se encerraban en arcas o en scrinios, textos de 818 (L. Ferreiro, Historia de Santiago, II, 4, Apénd.), 987 (Esp. Sagr., XIX, 375), 1002 (T. de Celanova, fol. 94 v.°) y 1027 (T. Viejo de Lugo, fol. 8 v.°).

82  No conozco miniatura alguna de la época que reproduzca un scrinio capaz para guardar diplomas. El que, tomado del Códice Albeldense, reproduzco en la Estampa V, es una mesa inservible para tales fines, y a este tipo pertenecen los demás que nos ofrecen los manuscritos utilizados. Trazo la imagen del que supongo existente en el palacio de León, influido por la sospecha de que tales muebles pudieron ser predecesores remotos de los bargueños posteriores, y por el relativo parecido que hallo entre los pies de algunos analogios, que vemos en diversos Beatos, y los de un tipo muy conocido de bargueños españoles.

83  Supongo realizado en estos momentos y en León un hecho relatado al pormenor en un documento de 947 (Colección diplomática de Galicia histórica 451). Dice así: «Ranimirus Rex vobis cognate noster Domine Gotho Regina... Ambiguum esse non potest, sed plerisque magnet cognitum, eo quod villa, quam dicunt Pinies que est in territorio Saliniensi, fuit ex proprietate Genitore Nostro, dive memorie Domingo Ordonio Principi, et ille conceserat ea in vita sua Congermano nostro Munius Gutierri; cum autem revolvimus cartorios nostros invenimus ea in capitale cum ceteras villas de proprietate nostra, et per hanc cartam ordinavimus ea prehendere post parte nostra sicuti spectavit: nunc yero placuit namque serenitati nostre glorie ut... concedimus et contextamus vobis...» Imagino que los cartorios tendrían la forma de volúmenes, no sólo en atención a la frase «revolvimus cartorios nostros» del pasaje copiado, sino porque con frecuencia aparecen los personajes de la época en las iluminaciones de los Beatos y, sobre todo, del Emilianense y del Vigilano, llevando en las manos volúmenes o rollos. Conjeturo que el Notarius regis se hallaría encargado de los cartorios reales, por la naturaleza de su función cerca del rey. Y supongo que serían los sayones quienes tomarían posesión de la villa indicada, puesto que aparecen en diversas ocasiones realizando misiones semejantes. En un documento de 1.005 (T. de Celanova, fol. 106 v.°) leemos: «Et ordinauerunt de palatio sagione nomine Erus Sarraceni qui prehendisset ipse monasterio in manibus suis». Con función pareja aparece el sayón de palacio en un diploma de 1.017 (T. Viejo de Lugo, fol. 67 v.°) y en otras escrituras diversas.

84  Véase la voz Balluga en el Apénd. III y el calzado alto con que aparecen representados reyes, obispos o magnates, pero en particular los príncipes en los folios 78 v.°, 81, 85 v.°, 100 v.°, 121 v.°, 123 v.°, 133 v.°, 145, 161 v.°, 167 v.°, 169 v.°, 180 v.°, 193 v.° y 209 v.° del Codex Vigilanus.

85  En esta época llevaban camisa hasta las gentes de vida miserable, pues no es de creer que fueran grandes magnates quienes por sus robos del pescado o de la carne que venía a León eran condenados a recibir cien zurriagazos en camisa, por las calles y plazas de la ciudad (art. XLV del Fuero de 1020). Supongo que el rey usaría camisa de hilo; pero pudo también llevarla de seda, puesto que los diplomas hablan además de camisas síricas. Véase la palabra camisa en el Apénd. III.

86  Hay referencia documental y gráfica del empleo de bragas en el siglo V. Véase la voz bracas en el Apénd. III y la nota 106 de esta misma Estampa. ¿Las llevaría el rey?

87  En las iluminaciones del Vigilano (fols. 71 v.°, 86 y°, 100 v.°, 133 v.°, 145, 151 v.°, 161 v.°, 167, 169 v.°, 202, 209 v.°, 344 y 428), del Emilianense (fols. 54, 107 y 453), de los Beatos de Gerona (fol. 282), Valladolid (fols. 194 v.°, 199 v.° y 204), Urgel (fols. 208, 210, 216) y de Fernando I (fols. 266, 268 y 272 v.°), los reyes aparecen revestidos de una larga túnica cerrada. Ignoramos el vocablo con que la designaban en el siglo x. En los documentos del período que nos, interesa hallamos las palabras adorra, algupa, almexía y pintella, con el significado genérico de túnica. Excluidas las adorras, que eran abotonadas, según deduce de su etimología Gómez-Moreno (Iglesias mozárabes, 127) y las almexías, de uso femenino, a juzgar por varios textos tardíos (Primera Crónica General, ed. M. Pidal, 616, y Primavera de romances, 132), nos quedan para bautizar las túnicas cerradas las voces algupa y pintella, y he preferido la primera. La supongo de tela rica, que en aquella época se llamaba alvexí. Véase la palabra algupa en el Apénd. III.

88  De balteos de oro adornados con gemmas hablan diversas escrituras del siglo X. Véase balteo en el Apénd. III.

89  Los reyes representados en el Vigilano tercian sobre cualquiera de sus hombros un rico manto cuyo nombre no no es conocido, ni cuyo tejido y adornos es posible deducir con seguridad de las miniaturas en que aparecen. Imagino el manto de ceremonia de Ramiro, tejido con seda, bordado con oro y forrado de armiño, para equiparar la riqueza del manto con la majestad de la persona y por lo que sabemos de los mantos reales de tiempos posteriores. Véanse sobre estos últimos las palabras brial, armiño y manto en el Vocabulario del Cantar de Mio Cid, de M. Pidal.

90  Supuesto el tejido, forro y bordado, éstos debieron, o lo menos pudieron ser, los vocablos con que se designaría el manto de Ramiro. Mobatanas se llamaba a los mantos forrados, paños de tiraz a los de seda labrada, y hataní equivalía a bordado (Igl. moz., 127-28). Véase mobatana en el Apénd. III.

91  Con diademas a cual más extrañas se representa a los reyes en diversos códices de la época. Pueden verse aquéllas en el Vigilano (fols. 71, 100 v.°, 133 v.°, 145, 151 v.°, 167, 169 v.°, 209 v.°, 344 y 428); en el Emilianense (fols. 54, 106 v.°, 107 y 453); en el Beato de Thompson (fols. 241 y 248 v.°); en el de Valladolid (fols. 194 v.°, 109 v.° y 204); en el de Távara; en el de Gerona (fol. 282); en el de Urgel (fols. 208 v.°, 210, 216 v.° y 219); en el del Escorial (fol. 57 v.°); en el de Fernando I (fols. 266, 261 y 272 v.') y en el de la Academia de la Historia (fol.. 196 v.°). Elegida como tipo la imagen de los reyes en el Vigilano, es obvio que me refiero a la diadema reproducida en este manuscrito.

92  Empuñando este cetro figura un rey Ariamirus en el Vigilano (fol. 209 v.°). Véanse también los fols. 71 v.°, 133 v.°, 161 v.°, 197, 344 y 428 del mismo códice. Cetros de otras formas pueden verse en los manuscritos y folios citados en la nota anterior.

93  Me permito hacer asistir a los infantes hijos de Ramiro II a la asamblea de que habla el diploma de Odoino, no obstante el silencio de éste sobre ellos, para dar una idea más acabada de la corte leonesa.

94  Les supongo vestidos con túnicas abotonadas o adorras, que también encontramos en los códices de la época (véase el Beato de Fernando I, fol. 272 v.°), y con mantos de brocado. La palabra ferucí aparece con frecuencia en los documentos del siglo x como calificativo de una clase especial de mantos, cuyas características debemos resignarnos a ignorar por ahora. Veánse Iglesias mozárabes, 127-28, y las voces adorra, manto y ferucí en el Apénd. III.

95  Estos eran los oficiales mayores de la corte leonesa y los magnates de mayor dignidad, que con los títulos de consiliari o comites formaban parte del palacio.

96  Hablaré de lanceros y de arqueros y de la militia regis en la Estampa próxima.

97  Las fuentes extranjeras y los textos castellanos más tardíos y más explícitos coinciden en presentarnos a condes, obispos y magnates acudiendo a las reuniones del palacio con todo su cortejo. De nuevo remito a la Primera Crónica General en busca de noticias (ed. M. Pidal, 615).

98  Todos los obispos citados figuran como concurrentes a la asamblea a que me vengo refiriendo en el diploma de Odoino. Los cubro con las diversas formas de túnicas y de mantos que se citan en los documentos y con las que se representa a los prelados en las iluminaciones del Vigilano y del Emilianense, y en diversos Beatos a personas, a lo que parece, del estado eclesiástico. En el Vigilano los obispos visten de ordinario túnicas largas y estrechas y mantos terciados sobre el hombro (es rara la miniatura en que no figura un prelado vestido de este modo), que a veces cubren parcialmente con la casulla en forma de capa (fols. 133 v.°, 137, 143 v.°, 193 v.° y 218 bis entre otros). En el Emilianense se revisten con túnicas extrañas y casullas o mantos (fols. 56, 59, 64, 67, 69, 73 v.°, 81 v.°, 83 v.°, 85 v.°, 93 v.°, 95 v.°, 100 v.°, 101 v.°, 104, 105, 106 v.°, 107, 109, 110 v.°, 112 v.°, 117 v.°, 119 v.°, 123 v.° y 127 v.°), o con amplísimos ropones que ocultan aquéllos por entero (fols. 54, 59, 61, 81 v.°, 85 v.°, 93 v.°, 95, 105, 109, 110 v.°, 127 v.°, 136 v.° y 392). Y en los Beatos con prendas que, diferenciadas en su representación, como lo están en conjunto sus miniaturas de las iluminaciones de los citados códices riojanos, son esencialmente las mismas que hallamos en éstos.

Es obvio advertir que ignoro si coincidirán los nombres que recibían en la época los mantos, túnicas, capas y ropones reproducidos en los manuscritos mencionados con los que, tomados de las escrituras contemporáneas, empleo para designar tales prendas en el texto. Véanse las voces adorra, algupa, pintella, ferucí, barragán, feiraches, mobatana y capa en el Apénd. III.

99  En el Vigilano y en el Emilianense es esta capucha picuda la prenda característica que, usada por los obispos con toda clase de túnicas y mantos, los distingue de reyes, de magnates y de simples clérigos.

100  Hallamos báculos en forma de Tau en el Vigilano (fols. 35, 120 v.°, 180 v.° y 344), en Emilianense (fols. 56, 59, 64, 67, 70, 81 v.°, 83 v.°, 85 v.°, 100 v.°, 105, 109, 112 v.°, 117 v.°, 119 v.° y 392), y en el Antifonario de León. Con báculos de cayada se representa a los obispos en el Vigilano (fols. 339 y 344) y en el Emilianense (fols. 31 v.°, 40, 81 v.° y 392). Y se reproducen báculos con puño en forma de bola en el Vigilano (fols. 102 y 344); y en el Emilianense (fols. 54, 56, 59 v.°, 64, 67, 73 v.°, 81 v.°, 83 v.°, 85 v.°, 95, 100 v.°, 101 v.°, 104, 105, 127 v.° y 392 v.°).

101  He hablado de mantos ferucíes en las notas 36 y 94; me ocuparé de espadas en la Estampa III, notas 39 y 45.

102  Todos los magnates mencionados asistieron a la asamblea de Palacio reunida por Ramiro II, según consta en el diploma de Odoino. Los visto a capricho con las prendas de que hay noticia documental coetánea. No es posible fijar con certeza las correspondencias entre estas túnicas, capas, mantos y ropones y las que cubren a los escasos grandes personajes laicos que hallamos reproducidos en los códices ya utilizados repetidamente. Me permito suponer que Fernán González y Diego Muñoz, antes rebeldes, ahora sometidos pero sospechosos, siempre cautos, se armarían sus lorigas bajo sus algupas y sus capas, como hicieron después las gentes del Cid al acudir a las Cortes de Toledo (Cantar de Mio Cid, 3.075, 8.° Ed. M. Pidal, III, 1.140). Véanse las voces mobatanas, lorigas, algupas, capas, zoramen, feirach y arrita, Gómez-Moreno cree que kaskersi significa tejido de seda cruda, y zumaque, bermejo (Igl. moz., 128-29).

103  La costumbre de llevar colgado del cuello el tahalí que sujeta la espada, comprobada para siglos tardíos por diversas fuentes (Crónica General, ed. M. Pidal, 615), data ya del siglo x, según atestiguan la escena reproducida en el fol. 107 del Emilianense, los lanceros del fol. 257 del Beato de Gerona y el guerrero del fol. 241 del Beato de Thompson que levanta al alto su arma, pero lleva aún pendiente del cuello el tahalí. Respecto a tipos de espadas, hablaré en la Estampa III.

104  Los laicos, por lo común, aparecen destocados en las miniaturas de la época. Su peinado habitual en ellas es el descrito arriba.

105  Unos laicos de alta dignidad representados en el Beato de Gerona (fol. 380) y un jinete del Beato de Fernando I (fol. 171 v.°) se tocan con anchos sombreros de ala caída, que acaso pudieran ser los capelos de que habla el inventario de los bienes embargados en la casa de Santa María de Bezdemarbán (M. Pidal, Orígenes del español, 28: «I° kapello inuestito in panno tiran). En una miniatura del B. de Gerona (fol. 377), dos personajes parece que se cubren con agudos yelmos. Un guerrero y varios jinetes del B. de Gerona llevan picudas capuchas, y varios guerreros del B. de Osma (fols. 114, 157) bonetes, que es posible se usaran ya también en el siglo X.

106  Así aparecen de ordinario los guerreros de condición diversa en el Emilianense (fol. 160 v.") y en los Beatos de Thompson (fols. 241 y 260), de Urgel (fols. 136 v.°, 191 v.°, 208 v.° y 209), de Gerona (fols. 257 y 379 entre otros que no puedo fijar, por carecer de la oportuna referencia al folio las fotografías de este Beato de que he dispuesto), de Valladolid (fols. 177 v.° y 181), y de Fernando I (fols. 178, 231, 243, 266 y 283).

107  Así aparecen en diversos folios de los Beatos de Urgel y de Gerona y en el muy tardío de Osma (fols. 114, 147 y otros).

108  Me refiero a un guerrero reproducido en el Beato de Gerona.

109  Véanse varios folios del Beato de Gerona que no puedo fijar por las razones ya indicadas, y el 147 y otros del Beato de Osma.

110  Me ocuparé de armas en la Estampa próxima.

111  Para describir el solio de Ramiro me baso en una noticia documental y en varias gráficas. En 911 Ordoño II hizo una importante donación a la Iglesia de Santiago, y entre diversos objetos de uso eclesiástico y civil regaló al apóstol «Cathedram episcopalem ligneam atque oseam cum clauis et malis argenteis cum suo scabello miro opere composito» (L. Ferreiro, Historia..., II, 64 del Apénd.). Entre los varios tipos de solios que hallamos en los códices del período que abarco (Beatos de Thompson, fols. 112 y 241; de Valladolid, fols. 76 v.°, 98, 171, 180 v.°, 189 v.º, 194 y 199 v.º; de Urgel fols. 208 v.°, 210 y 216 v.º; de Gerona en folios diversos, y de Fernando I, fols. 110 v.°, 247 v.°, 251, 259 y 266), solios cuyas características no es siempre fácil interpretar; dada la estilización, la dureza y la falsa perspectiva con que están reproducidos, el que más se aproxima al tipo compostelano es el que aparece en los Beatos de Thompson (fol. 241), Gerona, Valladolid (fol. 180 v.º) y Fernando I (fol. 247 v.°), que entiendo como queda dicho arriba.

112  Véanse sillones de este tipo en el Beato de Fernando I, folios 7 y 284.

113  En la Biblia de San Isidro de León (fol. 247) puede admirarse una silla de tijera como la que supongo ocupada por Oveco.

114  Trazo estas líneas compaginando las noticias del documento de Odoino con los relatos que el Cantar de Mio Cid (M. Pidal, 1.140 y sigts.) y la Primera Crónica General (M. Pidal, 615 y sigts.) hacen de las legendarias Cortes de Toledo. Supongo presentes en la asamblea a las gentes de condes, obispos y magnates, no sólo por parecerme natural, dadas las costumbres de la época en Europa, sino en atención a lo que sabemos de las Cortes del Cid. Me decido a hacer asistir a la reunión del Palacio al pueblo: 1.° Porque, según Odoino, al juicio en que se vio su pleito concurrió «omne xristianitate»; 2.° Porque en un documento de 985 (véase la nota 119) se dice que Sabarico, obispo de León, defendió los privilegios de su Iglesia en una asamblea pareja de la que describimos «coram populo in conspectu regir...»; 3.° Y porque, conforme otra escritura de 974 (véase la nota 117), un litigo entre Tajón y el monasterio de Sahagún se ventiló ante el rey y su palacio «populus ex utraque parte discernendo inter eos sola veritate». La presencia de los infanzones de León me parece segura, porque diversos documentos comprueban la asistencia de aquéllos a las reuniones judiciales del Palatium celebradas en la regia sede leonesa. Mediante un diploma de 944 (T. Leg., fol. 429 v.°). Constancio donó al monasterio de San Cosme y San Damián unas viñas... «secundum... uindicaui per iudicium ante rege uel episcopos siue iudices... uel maiores natu de Legione». A la asamblea del Palacio en que el obispo Sabarico defendió los derechos de su Iglesia (985, véase la nota 119) concurrieron los filii benenatorum leoneses, denominación con que solía conocerse en los diplomas de la época a los infanzones. Fuera de León, también se los ve asistiendo a otras reuniones del tribunal regio, como atestigua un documento gallego de 1017 (T. Viejo de Lugo, fol. 67 v.') y otras escrituras contemporáneas. Presento al monarca en un solio teniendo en cuenta las palabras del diploma citado de 985 que dice se celebró el placito «in presentia dominissimi Ueremudus... residente ad katedra sua...» Supongo sentados a todos los magnates asistentes al acto, porque sentados aparecen en las Cortes del Cid, según las fuentes citadas, y porque en el diploma de 974 (v. la nota 117), después de enumerar los obispos y magnates que oyen con el rey el pleito de Tajón, se escribe: «sedentibus cunctis».

115  Pueden verse lanzas con señas de estas formas en los fols. 241 del Beato de Thompson, 379 del B. de Gerona, 209 del B. de Urgel y 266 del B. de Fernando I.

116  Así habló Ximeno, obispo de Astorga, en un pleito que falló en 1025 el palatium regis presidido por él en representación de Alfonso V (T. Leg., fol. 277).

117  Así empezó su alegato Tajón en su litigio con el monasterio de Sahagún, visto ante Ramiro III y su palacio en 974 (Escalona, Historia de Sahagún, 418). Según este diploma, después de muchos años de posesión pacífica de la herencia de Lubila por el monasterio referido, los hermanos de aquél «venerunt in conventu Principis Dominisimi nostri Dominus Ranimirus et Gloriose Domine nostre Domina Geloira Deo dicata et Regis amita et cuntorum Magnatorum, Episcoporum, Domino Teodemiro et Domino Gundisalvo et sedentibus cunctis, populus ex utraque parte discernendo inter eos sola veritate, venerunt quidem et ipsi et steterunt in conspectu Regis et Regine et omnem Magnatum Palacium Electorum, et primus ex eis surrexit Tajón cun filiis suis desuper exarati et audientibus cunctis, affatur voce publica omnium contendentem et asserentem sic loquitur: Misericordiam peto...»

118  Así debió argüir el conde Osorio según se deduce del citado documento de Odoino.

119  Estas fueron las palabras con que comenzó su alegato el obispo de León Savarigo en el litigio indicado en la nota 114. He aquí el texto del diploma de 985 (Arch. Cat. León, núm. 984) que las consigna: «Ambiguum esse non potest sed plerisque omnibus cognitum patefactum est: In presentia dominissimi Ueremudus, prolis serenissimi principis domni Ordonii diue memorie, residente in solio ad katedra sua cum omnem togam palatii sui, filii benenatorum et pontificum multum id sunt: Uiliulfus, Sabastianus, Uirmundus, Armentarius, Salomoni, Petrus simulque et Pelagius quoruin concilio adunatum iudicum et abbatum, ego quidem Sabaricus aepiscopus, nec merito dignus legionense sedis sancte Marie semper uirginis et sancti Cipriani aepiscopis, el textis, dixi coram populo in conspectu regís et feci querimonia aput Gomez Didaz et aliorum que regekant ipsas uillas et dixit: Domine mi rex audiat me clementia uestra et adiubante pietas et misericordia uestra eo quod in tempore...»

120  Pongo aquí en boca de Hermegildo la historia del asunto tal como resulta del citado diploma de Odoino (L. Ferreiro, Historia de Santiago, II, 176 a 178, Apénd.).

121  Esta era la forma en que se hacían las presuras, según varios documentos portugueses de 870 (P.M.H., D. et Ch., 3 y 4). Sobre la presura en el reino de León véanse: Gama Barros: Historia da administraçâo pública em Portugal nos seculos XII a XV, Lisboa, 1806, II y sigts.; Domínguez Guilarte: Notas sobre la adquisición de bienes y frutos en nuestro derecho medieval: La presura o escalfo, Anuario hist. dcho. esp., X, 1933, 287 y sigts.; Sánchez-Albornoz: La repoblación del reino asturleonés, Humanidades, XXV, Historia, La Plata, 1938, 48 y sigts.; y De la Concha y Martínez: La Presura, Anuario, XIV, 1942-1942, 382 y sigts.

122  Así se declara en el documento de Odoino.

123  En todos los numerosos litigios de que nos dan noticia los documentos después de las alegaciones de las partes, el tribunal proponía la clase de prueba que había de emplearse para resolver en derecho el caso. Era esta determinación de la prueba la misión fundamental, y las más veces la única, que competía a los jueces, en el procedimiento germánico de uso casi general en la época que nos interesa. Hay múltiples noticias de que en los concilia de hombres libres de los condados algunas personas, elegidas por la asamblea o por el conde, actuaban como jueces y proponían el género de prueba que había de realizarse. Existen asimismo muchos testimonios de fecha posterior de cómo también en las Curias regias designaba el rey diversos magnates, infantes o prelados que como alcaldes fallaban el litigio. Esta coincidencia y algún indicio documental no despreciable me inclinan a creer que este nombramiento de jueces por el monarca en las reuniones de su Palacio data de esta época, y a suponer que los hubo ya en el placitum judicial, cuyo desarrollo finjo en parte. No cito textos, porque no lo juzgo preciso, dada la abundancia y lo conocido de los mismos. Dedicaré un capítulo al procedimiento y a la organización judicial en el libro repetidamente anunciado: Instituciones...

124  Obsérvese que supongo se ordenó jurarse el obispo representante de la parte demandada. Esta debía practicar la prueba en el procedimiento germánico y en el asturleonés del siglo X. La inmensa mayoría de los procesos conservados coinciden en atestiguarlo así. Mas como en la Península no desapareció por completo el sistema romano, hay también casos esporádicos en que es el demandante o acusador quien prueba. Reservo la comprobación de estas afirmaciones para la obra anunciada. Baste citar dos casos leoneses. En un litigio entre Higo García y el presbítero Berulfo, los obispos y magnates del Palacio ordenaron que jurase el demandado, quien juró, en efecto en las iglesias de San Pedro y San Claudio de León en 968 (Arch. Cat. León, núm. 909). En otro pleito entre el obispo Ximeno y el conde Munio Fernández, terminado en 1008, también se dispuso por los jueces del Palacio que jurase el conde, a quien acusaba el prelado (Arch. Cat. León, núm. 174).

125  En el procedimiento asturleonés subsistieron las pruebas mediante documentos y testigos, pero junto a ellas se practicaron, cada vez con mayor frecuencia, el juramento expurgatorio, y de entre las ordalias, la llamada del agua caliente, ya en uso en la época visigoda (Dahn, Westgotische Studien, 285). No se empleó, como en los reinos cristianos peninsulares de Oriente, la del hierro al rojo, y aunque ya aparece el duelo judicial en el Fuero de León de 1020, entre los cientos de documentos asturleoneses, es decir, de los siglos VIII al X, que conozco, no he hallado en uno solo referencias a esta ordalia, de que tampoco nos ofrecen noticia las fuentes visigodas. De entre todas las clases de prueba fue, sin duda, el juramento la más habitual en el siglo x. Trataré de este asunto en el capítulo de la obra prometida. Allí será el lugar de ofrecer al lector indicaciones bibliográficas acerca del procedimiento europeo de la época que nos interesa, y las pruebas documentales de mi aserto.

126  Esta era la frase con que uno de los litigantes renunciaba a seguir el proceso adelante. «Me cognosco et veridice scio», dijo una de las partes en un litigio visto en 941 (B. de Cardeña, ed. Serrano, 292); «cognouit se Uela Uelaz in ueritate» se lee en un documento de 998 (B. de Sahagún, fol. 48); «agnouit se ipse Louesendo in ueritate», en otro de 999 (P.M.H., D. et Ch., 112), e «ipse Lucidus agnovit se in ueritate», en un tercero de 1001 (C. de Sobrado, fol. 53).

127 De la misma manera que se llamaba intentio al pleito, se aplicaba la palabra agnitio para designar la escritura en que se hacía constar el acuerdo de las partes con que después de la prueba terminaba el litigio en el procedimiento germánico y en el asturleonés. Sólo en un número extraordinariamente reducido de los cientos de procesos civiles y penales de que los documentos asturleoneses dan noticia, he podido comprobar que se llegara a la sentencia. Sobre el procedimiento acaba de publicar una monografía el P. José López Ortíz: El proceso en los reinos cristianos de nuestra Reconquista, antes de la Recepción romano-canónica, Anuario de historia del derecho español, XIV, 1942-1943, 184-227. En él se remite más de una vez a estas Estampas.

128  Según el documento tantas veces citado, se encargó a San Rosendo la entrega de la casa de Santa Columba a Odoino.

129  Nos da noticias sobre los procedimientos de caza habituales en la época una escritura de 929. Fernán González concedió mediante ella, al monasterio de San Quirce un monte situado junto a Agusín. De este diploma son las siguientes líneas: «Si quis yero in illa [silva] venandi causa rectia vel laqueos tetenderit aut cum canibus ad venandum intra4rit, venationem admittat, rectia et laqueos perdat, propriusque (sic) exutus vestimentis nudus recedat» (Ferotin, Historie de l'Abbaye de Silos, 14).

 

Obispo. Dibujo parcial de una miniatura del Códice Emilianense (Fol. 104), en la Biblioteca del Real Monasterio de El Escorial.
Un príncipe. Dibujo parcial de una miniatura del Códice Emilianense (Fol. 107), en la Biblioteca del Real Monasterio de El Escorial.
Miniatura del , en el Archivo de la Catedral de Oviedo. Obispo con la reina Jimena y Alfonso III. (Foto Oronoz).
Dos obispos y un guerrero. Miniatura del Códice Emilianense (Fol. 106 v.), en la Biblioteca del Real Monasterio de El Escorial. (Foto Oronoz).
La justicia en el siglo X. Escena de representación de ejecuciones; dibujo de una miniatura del Beato de Liébana de la Catedral de Gerona.
La justicia en el siglo X. Representa a unos jueces examinando una causa.
El Rey Ramiro II, según una miniatura del Tumbo A de la Biblioteca de la Catedral de Santiago de Compostela. (Foto Oronoz).
Biblia de San Isidoro de León (s. X). David ordena respetar la vida de Absalón. Fol. 138 v.